LGA

Artículo 104. Organización del Archivo General

El Archivo General es un organismo descentralizado con personalidad jurídica y autonomía técnica. Su función es promover la gestión y conservación de archivos en el país.

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Texto Legal

El Archivo General es un organismo descentralizado no sectorizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con autonomía técnica y de gestión para el cumplimiento de sus atribuciones, objeto y fines; su domicilio legal es en la Ciudad de México.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La autonomía del Archivo General es clave para su efectividad. Es importante que los profesionales del área comprendan su estructura y funciones para colaborar adecuadamente.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 104 del LGA?

El Archivo General es un organismo descentralizado con personalidad jurídica y autonomía técnica. Su función es promover la gestión y conservación de archivos en el país.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 104 de la LEY de Archivos?

[IA] La autonomía del Archivo General es clave para su efectividad. Es importante que los profesionales del área comprendan su estructura y funciones para colaborar adecuadamente.

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