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Artículo 37. Participación social en gestión del agua

Se promoverá la participación de sectores sociales en la gestión del agua, a través de la difusión de información y proyectos educativos. Se busca involucrar a la comunidad en la toma de decisiones.

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Texto Legal

La Federación, las entidades federativas y los municipios, en al ámbito de sus competencias, promoverán la participación de todos los sectores sociales involucrados en el manejo y cuidado del agua, principalmente a través de:

I. Difusión de información y promoción de la cultura, educación y capacitación en materia de responsabilidad hídrica;

LEY GENERAL DE AGUAS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Nueva Ley DOF 11-12-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

II. Impulso de proyectos y programas de enseñanza hídrica, servicios hidráulicos, contaminación del agua, tratamiento y reúso de aguas residuales, y

III. Convenios con instituciones de educación superior, con el objeto de fomentar y promover actividades de investigación en materia del manejo racional del agua.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La inclusión de la comunidad en la gestión del agua puede mejorar la efectividad de las políticas. Es recomendable que los profesionales del derecho fomenten la participación ciudadana en sus proyectos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 37 del LGAg?

Se promoverá la participación de sectores sociales en la gestión del agua, a través de la difusión de información y proyectos educativos. Se busca involucrar a la comunidad en la toma de decisiones.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 37 de la LEY de Aguas?

[IA] La inclusión de la comunidad en la gestión del agua puede mejorar la efectividad de las políticas. Es recomendable que los profesionales del derecho fomenten la participación ciudadana en sus proyectos.

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