LGAg

Artículo 33. Sistemas de captación de agua

Los sistemas de captación de agua pluvial deben permitir la recolección y tratamiento del agua de lluvia para su uso en edificaciones. Se especifican las obras necesarias para su implementación.

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Texto Legal

Los sistemas de captación de agua pluvial deben permitir la recolección, filtración, tratamiento y almacenaje del agua de lluvia que cae en el techo o cubierta para su posterior uso y aprovechamiento en la vivienda o edificación.

Las obras necesarias son aquellas edificaciones públicas y privadas que, debido a su naturaleza o ubicación, son adecuadas para la implementación de sistemas de captación de agua pluvial.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La implementación de sistemas de captación puede representar una oportunidad para reducir costos de agua en edificaciones. Es recomendable que los propietarios evalúen la viabilidad de estos sistemas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 33 del LGAg?

Los sistemas de captación de agua pluvial deben permitir la recolección y tratamiento del agua de lluvia para su uso en edificaciones. Se especifican las obras necesarias para su implementación.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 33 de la LEY de Aguas?

[IA] La implementación de sistemas de captación puede representar una oportunidad para reducir costos de agua en edificaciones. Es recomendable que los propietarios evalúen la viabilidad de estos sistemas.

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