Se describen las conductas que constituyen violencia laboral, incluyendo la negativa a contratar y la descalificación del trabajo. Es esencial para la protección de los derechos laborales de las mujeres.
Constituye violencia laboral: la negativa ilegal a contratar a la Víctima o a respetar su permanencia o condiciones generales de trabajo; la descalificación del trabajo realizado, las amenazas, la intimidación, las humillaciones, las conductas referidas en la Ley Federal del Trabajo, la explotación, el impedimento a las mujeres de llevar a cabo el período de lactancia previsto en la ley y todo tipo de discriminación por condición de género. Artículo reformado DOF 02-04-2014, 13-04-2018
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Este artículo proporciona un marco para abordar la violencia en el trabajo. Los abogados deben utilizarlo para defender los derechos de las trabajadoras afectadas.
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