El Programa establecerá requisitos de ingreso y mecanismos de protección para las personas. Esto incluye apoyos para satisfacer necesidades básicas en situaciones de riesgo.
El Programa establecerá cuando menos los requisitos de ingreso, terminación, mecanismos de protección para la persona, así como los apoyos para solventar sus necesidades personales básicas cuando por su intervención en el Procedimiento Penal así se requiera.
LEY FEDERAL PARA LA PROTECCIÓN A PERSONAS QUE INTERVIENEN EN EL PROCEDIMIENTO PENAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 20-05-2021 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
CAPÍTULO V PERSONAS PROTEGIDAS
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Los requisitos de ingreso al Programa son un aspecto que los abogados deben conocer para asesorar adecuadamente a sus clientes. La claridad en estos requisitos puede facilitar el acceso a la protección.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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