LFAEBSP

Artículo 65. Inicio del remate

El remate comienza con la lista de postores y no se admitirán nuevos participantes una vez iniciado. Esto establece un orden claro y evita confusiones durante el proceso.

inicioremateorden

Texto Legal

El día del remate, a la hora señalada, se pasará lista a los postores iniciándose el remate. A partir de ese momento, no se admitirán nuevos postores. Acto seguido, se revisarán las propuestas, desechando, las que no contengan postura legal y las que no estuvieren debidamente garantizadas.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Los postores deben llegar puntuales al remate para asegurarse de que su participación sea válida desde el inicio del proceso.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 65 del LFAEBSP?

El remate comienza con la lista de postores y no se admitirán nuevos participantes una vez iniciado. Esto establece un orden claro y evita confusiones durante el proceso.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 65 de la LEY para la Administración y Enajenación de Bie...?

[IA] Los postores deben llegar puntuales al remate para asegurarse de que su participación sea válida desde el inicio del proceso.

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