LFAEBSP

Artículo 61. Incumplimiento del postor

Si el postor ganador no cumple con sus obligaciones, se declarará sin efecto el remate y perderá la garantía. Esto protege al Instituto de incumplimientos en el proceso de remate.

incumplimientoremategarantia

Texto Legal

Si el postor ganador no cumpliere sus obligaciones, el Instituto declarará sin efecto el remate y podrá convocar a un nuevo remate. El postor perderá la garantía exhibida, la cual se aplicará, como pena, a favor del Instituto. Artículo reformado DOF 23-02-2005, 09-08-2019

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Los postores deben ser conscientes de sus obligaciones para evitar la pérdida de su garantía y la nulidad del remate.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 61 del LFAEBSP?

Si el postor ganador no cumple con sus obligaciones, se declarará sin efecto el remate y perderá la garantía. Esto protege al Instituto de incumplimientos en el proceso de remate.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 61 de la LEY para la Administración y Enajenación de Bie...?

[IA] Los postores deben ser conscientes de sus obligaciones para evitar la pérdida de su garantía y la nulidad del remate.

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