LFFMAA

Artículo 20. Integracion del Padron Nacional

La Secretaría de Economía es responsable de integrar el Padrón Nacional de la Microindustria, que incluirá datos relevantes de las empresas. Este padrón es esencial para la gestión y apoyo a las microempresas.

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Texto Legal

La Secretaría de Economía integrará el Padrón Nacional de la Microindustria con los datos de estas empresas. En la elaboración y manejo del Padrón podrán participar las autoridades estatales y municipales, en los términos de los acuerdos de coordinación que se celebren conforme al Capítulo VII de la presente Ley. Párrafo reformado DOF 09-04-2012

El Padrón contará con una sección para las personas físicas y morales que se dediquen a la producción de artesanías. Párrafo adicionado DOF 22-07-1991

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Las empresas deben asegurarse de que sus datos sean precisos y estén actualizados en el Padrón. Esto facilitará el acceso a apoyos y evitará problemas en el futuro.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 20 del LFFMAA?

La Secretaría de Economía es responsable de integrar el Padrón Nacional de la Microindustria, que incluirá datos relevantes de las empresas. Este padrón es esencial para la gestión y apoyo a las microempresas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 20 de la LEY para el Fomento de la Microindustria y la A...?

[IA] Las empresas deben asegurarse de que sus datos sean precisos y estén actualizados en el Padrón. Esto facilitará el acceso a apoyos y evitará problemas en el futuro.

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