LFFMAA

Artículo 18. Limitaciones de participacion

Este articulo prohíbe a las sociedades microindustriales y sus socios participar en otras sociedades microindustriales, salvo agrupamientos específicos. Esta restricción busca mantener la integridad del sector microindustrial.

participacionsociedadesmicroindustriales

Texto Legal

Las sociedades a que se refiere este capítulo, ni sus socios, podrán participar en otras sociedades microindustriales, sin perjuicio del agrupamiento de éstas para los fines que se prevén en el artículo 7o. fracción II.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es importante que los socios conozcan estas limitaciones para evitar sanciones. La planificación adecuada puede ayudar a maximizar las oportunidades de negocio sin infringir la ley.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 18 del LFFMAA?

Este articulo prohíbe a las sociedades microindustriales y sus socios participar en otras sociedades microindustriales, salvo agrupamientos específicos. Esta restricción busca mantener la integridad del sector microindustrial.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 18 de la LEY para el Fomento de la Microindustria y la A...?

[IA] Es importante que los socios conozcan estas limitaciones para evitar sanciones. La planificación adecuada puede ayudar a maximizar las oportunidades de negocio sin infringir la ley.

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