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Artículo 52. Limite Interior de la Zona Economica Exclusiva

El límite interior de la Zona Económica Exclusiva coincide con el límite exterior del Mar Territorial. Este aspecto es crucial para la delimitación de jurisdicciones.

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Texto Legal

El límite interior de la Zona Económica Exclusiva coincide idénticamente con el límite exterior del Mar Territorial, determinado de conformidad con el Artículo 26 de esta Ley, y con las disposiciones pertinentes de su Reglamento, y que aparezca en las cartas reconocidas oficialmente por los Estados Unidos Mexicanos.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Comprender los límites es esencial para la correcta interpretación de la Ley. Los abogados deben asesorar sobre las implicaciones legales de estas delimitaciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 52 del 124?

El límite interior de la Zona Económica Exclusiva coincide con el límite exterior del Mar Territorial. Este aspecto es crucial para la delimitación de jurisdicciones.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 52 de la LEY del Mar?

[IA] Comprender los límites es esencial para la correcta interpretación de la Ley. Los abogados deben asesorar sobre las implicaciones legales de estas delimitaciones.

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