LFDA

Artículo 76. Aplicación de disposiciones contractuales

Las disposiciones del contrato de edición se aplican a los contratos publicitarios en lo que no contradiga el presente capítulo. Esto asegura una coherencia en la regulación de derechos de autor.

contratosediciónpublicidad

Texto Legal

Son aplicables a los contratos publicitarios las disposiciones del contrato de edición de obra literaria, de obra musical y de producción audiovisual en todo aquello que no se oponga a lo dispuesto en el presente capítulo.

TITULO IV De la Protección al Derecho de Autor

Capítulo I Disposiciones Generales

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Los abogados deben tener en cuenta las similitudes entre contratos de publicidad y edición para garantizar que se cumplan las normativas adecuadas. Revisar las cláusulas de ambos tipos de contrato es esencial.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 76 del LFDA?

Las disposiciones del contrato de edición se aplican a los contratos publicitarios en lo que no contradiga el presente capítulo. Esto asegura una coherencia en la regulación de derechos de autor.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 76 de la LEY del Derecho de Autor?

[IA] Los abogados deben tener en cuenta las similitudes entre contratos de publicidad y edición para garantizar que se cumplan las normativas adecuadas. Revisar las cláusulas de ambos tipos de contrato es esencial.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 76 del LFDA?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 76 LFDA desde tu celular