El Instituto realizará anotaciones y expedirá constancias en casos de nulidad, cancelación o caducidad de reservas de derechos. Esto asegura un registro claro y actualizado.
El Instituto realizará las anotaciones y, en su caso, expedirá las constancias respectivas en los supuestos siguientes:
I. Cuando se declare la nulidad de una reserva;
II. Cuando proceda la cancelación de una reserva;
III. Cuando proceda la caducidad, y
IV. En todos aquellos casos en que por mandamiento de autoridad competente así se requiera.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es importante que los titulares revisen las anotaciones en sus reservas para evitar sorpresas. Mantener un seguimiento de estas anotaciones puede prevenir problemas legales.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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