LFDA

Artículo 107. Protección de bases de datos

Las bases de datos que constituyan creaciones intelectuales están protegidas como compilaciones, aunque los datos en sí no lo están. Esto resalta la importancia de la selección y disposición del contenido.

bases de datosproteccioncreaciones intelectuales

Texto Legal

Las bases de datos o de otros materiales legibles por medio de máquinas o en otra forma, que por razones de selección y disposición de su contenido constituyan creaciones intelectuales, quedarán protegidas como compilaciones. Dicha protección no se extenderá a los datos y materiales en sí mismos.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Las empresas que manejan bases de datos deben asegurarse de que su estructura y contenido estén debidamente protegidos. Esto puede incluir la implementación de medidas de seguridad adecuadas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 107 del LFDA?

Las bases de datos que constituyan creaciones intelectuales están protegidas como compilaciones, aunque los datos en sí no lo están. Esto resalta la importancia de la selección y disposición del contenido.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 107 de la LEY del Derecho de Autor?

[IA] Las empresas que manejan bases de datos deben asegurarse de que su estructura y contenido estén debidamente protegidos. Esto puede incluir la implementación de medidas de seguridad adecuadas.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 107 del LFDA?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 107 LFDA desde tu celular