El Comité tiene funciones específicas, como dictaminar solicitudes de títulos y establecer procedimientos de evaluación. Su labor es clave para el registro de variedades vegetales.
Las funciones del Comité serán las siguientes:
I.- Dictaminar la procedencia de las solicitudes de título de obtentor y su inscripción en el Registro;
II.- Establecer los procedimientos para la realización y evaluación de pruebas técnicas de campo o de laboratorio;
III.- Dar su opinión para la formulación de normas oficiales mexicanas, relativas a la caracterización y evaluación de variedades vegetales con fines de descripción, y
IV.- Las demás que señale el reglamento de la presente ley.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Comprender las funciones del Comité puede ayudar a los obtentores a preparar mejor sus solicitudes. Se recomienda revisar los procedimientos establecidos para maximizar las posibilidades de éxito.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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