LFSV

Artículo 19. Objetivo de las Medidas Fitosanitarias

Las medidas fitosanitarias buscan prevenir y erradicar plagas que afectan a los vegetales y sus productos. Este artículo establece la base para la regulación de la sanidad vegetal en México.

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Texto Legal

Las medidas fitosanitarias tienen por objeto prevenir, confinar, excluir, combatir o erradicar las plagas que afectan a los vegetales, sus productos o subproductos, cuando puedan representar un riesgo fitosanitario. Párrafo reformado DOF 26-07-2007

LEY FEDERAL DE SANIDAD VEGETAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 11-05-2022 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Las medidas fitosanitarias se determinarán en normas oficiales mexicanas, acuerdos, decretos, lineamientos y demás disposiciones legales aplicables en materia de sanidad vegetal, publicadas en el Diario Oficial de la Federación y que tendrán como finalidades entre otras, establecer: Párrafo reformado DOF 26-07-2007

I. Los requisitos fitosanitarios y las especificaciones, criterios y procedimientos para:

a). Formular diagnósticos e identificación de plagas de los vegetales;

b). Diseñar y desarrollar programas para manejo integrado de plagas, muestreo y pronóstico en materia de sanidad vegetal;

c) Desarrollar estudios de efectividad biológica sobre insumos; Inciso reformado DOF 26-07-2007

d) Determinar la condición fitosanitaria de los vegetales y de los insumos fitosanitarios; Inciso reformado DOF 26-07-2007

e) Controlar la movilización, importación y exportación de vegetales, sus productos o subproductos, vehículos de transporte, maquinaria, materiales y equipos susceptibles de ser portadores de plagas, así como de agentes patogénicos que puedan representar un riesgo fitosanitario; Inciso reformado DOF 26-07-2007

f) Instalar y operar laboratorios fitosanitarios, invernaderos, agroindustrias, despepitadoras, viveros, instalaciones para la producción de material propagativo, huertos, empacadoras, almacenes, plantaciones y patios de concentración que puedan constituir un riesgo fitosanitario, así como empresas de tratamientos y puntos de verificación interna; Inciso reformado DOF 26-07-2007

g). Transportar y empacar vegetales, sus productos o subproductos que impliquen un riesgo fitosanitario;

h). Manejar material de propagación y semillas;

i) Siembras o cultivos de vegetales; plantaciones y labores culturales específicas, así como trabajos de campo posteriores a las cosechas; Inciso reformado DOF 26-07-2007

j). Aprobar organismos nacionales de normalización, organismos de certificación, unidades de verificación y laboratorios de pruebas;

k) Certificar, verificar e inspeccionar las normas oficiales aplicables a las actividades o servicios fitosanitarios que desarrollen o presten los particulares; Inciso reformado DOF 26-07-2007

l) Retener, disponer o destruir vegetales, sus productos o subproductos, viveros, cultivos, siembras, cosechas, plantaciones, empaques, embalajes y semillas, cuando sean portadores o puedan diseminar plagas que los afecten; Inciso reformado DOF 26-07-2007

LEY FEDERAL DE SANIDAD VEGETAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 11-05-2022 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

m) El aviso de inicio de funcionamiento que deben presentar las personas físicas o morales, que desarrollen o presten actividades o servicios fitosanitarios que conforme a las normas oficiales mexicanas deban sujetarse a certificación y verificación; y Inciso adicionado DOF 26-07-2007

n) La movilización de vegetales, sus productos o subproductos que no requieren del certificado fitosanitario. Inciso adicionado DOF 26-07-2007

II. Las campañas de sanidad vegetal de carácter preventivo, de combate y erradicación;

III. Las cuarentenas y mecanismos para vigilar su cumplimiento;

IV. La determinación de exigencias y condiciones fitosanitarias mínimas que deberá reunir la importación de vegetales, sus productos o subproductos, cuando el riesgo fitosanitario o la situación concreta a prevenirse no esté contemplada en una norma oficial específica;

V. Las características de los tratamientos para el saneamiento, desinfección y desinfestación de vegetales, sus productos o subproductos, instalaciones, vehículos de transporte, maquinaria, materiales, equipo, embalajes, envases y contenedores que puedan representar un riesgo fitosanitario; Fracción reformada DOF 26-07-2007

VI. Los requisitos que deberán cumplir las personas físicas o morales responsables de elaborar estudios de efectividad biológica de insumos; Fracción reformada DOF 26-07-2007

VII. Las condiciones fitosanitarias que deberán observarse en las instalaciones en donde se desarrollen o presten actividades o servicios fitosanitarios orientados a prevenir, controlar y erradicar plagas que afecten a los vegetales, sus productos y subproductos; y Fracción reformada DOF 26-07-2007

VIII. Las demás que se regulan en esta Ley así como aquellas que, conforme a la técnica y adelantos científicos, sean apropiadas para cada caso.

Los requisitos y especificaciones señaladas en el reglamento de esta Ley y demás disposiciones legales aplicables en materia de sanidad vegetal y de sistemas de reducción de riesgos de contaminación durante la producción primaria de vegetales, que originen la prestación de trámites y servicios por parte de la Secretaría, se regularán en los términos de la Ley Federal del Procedimiento Administrativo. Párrafo adicionado DOF 26-07-2007

La Secretaría podrá solicitar y recibir el apoyo de las autoridades federales, estatales y locales, para asegurar el cumplimiento de las disposiciones señaladas en este artículo. Párrafo adicionado DOF 26-07-2007

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Comprender el objetivo de las medidas fitosanitarias es esencial para los profesionales del sector, ya que influye en la gestión de riesgos y en la planificación de cultivos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 19 del LFSV?

Las medidas fitosanitarias buscan prevenir y erradicar plagas que afectan a los vegetales y sus productos. Este artículo establece la base para la regulación de la sanidad vegetal en México.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 19 de la LEY de Sanidad Vegetal?

[IA] Comprender el objetivo de las medidas fitosanitarias es esencial para los profesionales del sector, ya que influye en la gestión de riesgos y en la planificación de cultivos.

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