LFSA

Artículo 172 Bis. Sustancias prohibidas en animales

Este articulo establece un listado de sustancias y productos prohibidos para uso o consumo en animales destinados al abasto, incluyendo compuestos como el cloranfenicol y el clenbuterol. La prohibición se extiende a todas las especies de animales cuyo destino final sea el consumo humano.

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Texto Legal

Se consideran sustancias o productos prohibidos para uso o consumo en animales destinados al abasto, las siguientes:

I. Carbadox (QCA)

II. Cloranfenicol

III. Clorhidrato de Clenbuterol o Clorhidrato de Clembuterol o Clenbuterol o Clembuterol

IV. Clorhidrato de Fenilefrina

V. Cristal violeta

VI. Cumarina en saborizantes artificiales

VII. Dienoestrol

VIII. Dietilestilbestrol (DES)

IX. Dimetridazol

X. Feniltiouracilo

XI. Furaltadona (AMOZ)

XII. Furazolidona (AOZ)

XIII. Hexoestrol

XIV. Lindano

XV. Metiltiouracilo

XVI. Metronidazol

XVII. Nifupirazina

XVIII. Nifuraldezona

XIX. Nitrofurantoina (AHD)

XX. Nitrofurazona

XXI. Nitrovin (Nitrovina)

XXII. Olaquindox (MQCA)

XXIII. Orciprenaline

LEY FEDERAL DE SANIDAD ANIMAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 21-05-2024 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

XXIV. Oxazolidona

XXV. Pigmentantes sintéticos del grupo de los sudanes

XXVI. Propiltiouracilo

XXVII. Rodinazol o Ronidazol

XXVIII. Roxarsona (3-Nitro)

XXIX. Salbutamol

XXX. Tapazol

XXXI. Tinidazol

XXXII. Tiouracil

El Carbadox (QCA) está prohibido para todos los porcinos adultos y además para todas las edades de las demás especies de animales destinadas para el abasto.

Se entenderán como animales para abasto a aquellos animales cuyo destino final sea el consumo humano.

Al listado de sustancias y productos y sus sales, precursores, metabolitos y derivados químicos, previstos en este artículo, se entenderán incorporados los que dé a conocer la Secretaría en términos de lo dispuesto en el artículo 93 de esta Ley. Artículo adicionado DOF 21-05-2024

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es crucial que los productores y veterinarios conozcan este listado para evitar sanciones y garantizar la sanidad de los productos de origen animal. La Secretaría puede actualizar el listado, por lo que se recomienda estar al tanto de las disposiciones oficiales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 172 Bis del LFSA?

Este articulo establece un listado de sustancias y productos prohibidos para uso o consumo en animales destinados al abasto, incluyendo compuestos como el cloranfenicol y el clenbuterol. La prohibición se extiende a todas las especies de animales cuyo destino final sea el consumo humano.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 172 Bis de la LEY de Sanidad Animal?

Es crucial que los productores y veterinarios conozcan este listado para evitar sanciones y garantizar la sanidad de los productos de origen animal. La Secretaría puede actualizar el listado, por lo que se recomienda estar al tanto de las disposiciones oficiales.

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