La Secretaría establecerá disposiciones sobre buenas prácticas pecuarias en la producción y procesamiento de bienes de origen animal. Estas medidas buscan reducir contaminantes y riesgos zoosanitarios.
La Secretaría, sin perjuicio de las atribuciones que correspondan a otras dependencias de la administración pública federal, determinará las medidas en materia de buenas prácticas pecuarias mediante la emisión de disposiciones, que habrán de aplicarse en la producción primaria en el procesamiento de bienes de origen animal en establecimientos TIF; en los rastros y en los demás establecimientos dedicados al procesamiento de bienes de origen animal para consumo humano, para reducir los contaminantes o riesgos zoosanitarios que puedan estar presentes en éstos. Párrafo reformado DOF 07-06-2012
Las medidas en materia de buenas prácticas pecuarias estarán basadas en principios científicos o en recomendaciones internacionales y, en su caso, en análisis de riesgo según corresponda.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es recomendable que los productores se mantengan actualizados sobre las disposiciones emitidas por la Secretaría para garantizar la calidad y seguridad de sus productos. La capacitación en buenas prácticas es fundamental.
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