Los titulares de registros de productos para uso animal deben solicitar verificación anual a la Secretaría. Esto asegura que los productos cumplan con las especificaciones autorizadas.
Las personas físicas o morales que sean titulares de los registros o autorizaciones de productos para uso o consumo animal y se dediquen a la formulación, fabricación, importación, almacenamiento, aplicación y comercialización, deberán solicitar a la Secretaría o a los terceros especialistas autorizados por la Secretaría que en los términos de esta Ley, su Reglamento y demás disposiciones de sanidad animal aplicables, se verifique anualmente que las características y especificaciones, así como las recomendaciones sobre aplicación, uso y manejo de dichos productos corresponden a las autorizadas por la Secretaría.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La verificación anual es una obligación que no debe ser ignorada. Mantener la documentación al día y realizar auditorías internas puede facilitar este proceso.
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