Los acuerdos de reparación voluntaria del daño al ambiente se considerarán cumplimiento de medidas correctivas. Esto puede llevar a la reducción de sanciones administrativas.
En caso de que resulte procedente en términos del artículo anterior, un acuerdo sobre la reparación o compensación voluntaria del daño ocasionado al ambiente el juez informará a la Procuraduría para que considere dicho acuerdo, el que se entenderá como cumplimiento de medidas correctivas y de urgente aplicación, siendo procedente la aplicación de los beneficios administrativos de revocación o disminución de las sanciones previstas en el artículo 169 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Los abogados deben asesorar a sus clientes sobre los beneficios de los acuerdos de reparación voluntaria, ya que pueden resultar en sanciones menores y una resolución más rápida de los conflictos.
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