Este articulo establece la aplicacion de las definiciones y criterios de reparacion y compensacion en diversos procedimientos legales y administrativos. Asegura la coherencia en la aplicacion de la ley en diferentes contextos.
Las definiciones de esta Ley, así como la forma, prelación, alcance, niveles y alternativas de la reparación y compensación del daño al ambiente que en ella se prevén, serán aplicables a:
I. Los convenios, procedimientos y actos administrativos suscritos o sustanciados de conformidad a las Leyes ambientales y los tratados internacionales de los que México sea Parte;
II. El procedimiento judicial de responsabilidad ambiental previsto en esta Ley;
III. La interpretación de la Ley penal en materia de delitos contra el ambiente y la gestión ambiental, así como a los procedimientos penales iniciados en relación a estos;
IV. Los mecanismos alternativos de solución de controversias previstos en las Leyes, y
V. La Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es importante que los abogados y contadores conozcan como se aplican estas definiciones en diferentes procedimientos. Esto puede influir en la estrategia legal y en la gestion de riesgos.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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