LFPPCPCIA

Artículo 72. Competencia de la Fiscalía

Este artículo establece que la Fiscalía General de la República y los tribunales federales son competentes para conocer de delitos en materia de protección cultural.

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Texto Legal

La Fiscalía General de la República y los tribunales federales son competentes para conocer de los delitos en materia de protección.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es importante que los abogados conozcan la competencia de la Fiscalía para asesorar adecuadamente a sus clientes en casos de delitos relacionados con el patrimonio cultural.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 72 del LFPPCPCIA?

Este artículo establece que la Fiscalía General de la República y los tribunales federales son competentes para conocer de delitos en materia de protección cultural.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 72 de la Ley de Protección del Patrimonio Cultural de lo...?

[IA] Es importante que los abogados conozcan la competencia de la Fiscalía para asesorar adecuadamente a sus clientes en casos de delitos relacionados con el patrimonio cultural.

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