LFPPCPCIA

Artículo 71. Recurso de revisión

Los afectados por resoluciones del INDAUTOR pueden interponer un recurso de revisión conforme a la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

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Texto Legal

Los afectados por los actos y resoluciones emitidos por el INDAUTOR que pongan fin a un procedimiento administrativo o resuelvan un expediente, podrán interponer recurso de revisión en los términos de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Los afectados deben estar informados sobre su derecho a impugnar decisiones del INDAUTOR, lo que les permite buscar justicia ante posibles errores administrativos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 71 del LFPPCPCIA?

Los afectados por resoluciones del INDAUTOR pueden interponer un recurso de revisión conforme a la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 71 de la Ley de Protección del Patrimonio Cultural de lo...?

[IA] Los afectados deben estar informados sobre su derecho a impugnar decisiones del INDAUTOR, lo que les permite buscar justicia ante posibles errores administrativos.

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