Este articulo establece que si se detectan supuestos previstos en la ley durante la verificacion, se aplicarán medidas precautorias. Esto se asentará en el acta respectiva.
Si durante el procedimiento de verificación se detecta alguno de los supuestos previstos en el artículo 25 BIS de esta ley, se aplicarán, en su caso, las medidas precautorias que correspondan, asentándose dicha circunstancia en el acta respectiva. Lo anterior, sin perjuicio de iniciar el procedimiento previsto por el artículo 123 de esta ley. Artículo adicionado DOF 04-02-2004
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las medidas precautorias pueden tener un impacto significativo en las operaciones del proveedor. Es recomendable estar preparado para responder a cualquier hallazgo durante la verificacion.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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