LFPC

Artículo 37. Falta de veracidad en informes

La falta de veracidad en informes y condiciones ofrecidas puede llevar a sanciones y compensaciones. Este articulo protege los derechos de los consumidores ante incumplimientos.

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Texto Legal

La falta de veracidad en los informes, instrucciones, datos y condiciones prometidas o sugeridas, además de las sanciones que se apliquen conforme a esta ley, dará lugar al cumplimiento de lo ofrecido o, cuando esto no sea posible, a la reposición de los gastos necesarios que pruebe haber efectuado el adquirente y, en su caso, al pago de la bonificación o compensación a que se refiere el artículo 92 TER de esta ley. Artículo reformado DOF 04-02-2004

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo es esencial para la protección del consumidor. Los abogados deben estar atentos a las reclamaciones de consumidores que se sientan engañados por información falsa.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 37 del LFPC?

La falta de veracidad en informes y condiciones ofrecidas puede llevar a sanciones y compensaciones. Este articulo protege los derechos de los consumidores ante incumplimientos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 37 de la LEY de Protección al Consumidor?

Este articulo es esencial para la protección del consumidor. Los abogados deben estar atentos a las reclamaciones de consumidores que se sientan engañados por información falsa.

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