LFPC

Artículo 34. Etiquetas y precios en español

Los datos en etiquetas y publicidad de productos deben estar en español y mostrar precios en moneda nacional. Este articulo promueve la claridad y accesibilidad para los consumidores.

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Texto Legal

Los datos que ostenten los productos o sus etiquetas, envases y empaques y la publicidad respectiva, tanto de manufactura nacional como de procedencia extranjera, se expresarán en idioma español y su precio en moneda nacional en términos comprensibles y legibles conforme al sistema general de unidades de medida, sin perjuicio de que, además, se expresen en otro idioma u otro sistema de medida.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Asegurarse de que la información en etiquetas cumpla con este articulo es vital para evitar sanciones. Los proveedores deben ser asesorados sobre la correcta presentación de sus productos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 34 del LFPC?

Los datos en etiquetas y publicidad de productos deben estar en español y mostrar precios en moneda nacional. Este articulo promueve la claridad y accesibilidad para los consumidores.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 34 de la LEY de Protección al Consumidor?

Asegurarse de que la información en etiquetas cumpla con este articulo es vital para evitar sanciones. Los proveedores deben ser asesorados sobre la correcta presentación de sus productos.

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