El conciliador presentará un resumen de la reclamación y del informe, buscando opciones de solución y protegiendo los derechos del consumidor.
Previo reconocimiento de la personalidad y de la relación contractual entre las partes el conciliador expondrá a las partes un resumen de la reclamación y del informe presentado, señalando los elementos comunes y los puntos de controversia, y las exhortará para llegar a un arreglo. Sin prejuzgar sobre el conflicto planteado, les presentará una o varias opciones de solución, salvaguardando los derechos del consumidor. Párrafo reformado DOF 04-02-2004
Tratándose de bienes o servicios de prestación o suministro periódicos tales como energía eléctrica, gas o telecomunicaciones, el solo inicio del procedimiento conciliatorio suspenderá cualquier facultad del proveedor de interrumpir o suspender unilateralmente el cumplimiento de sus obligaciones en tanto concluya dicho procedimiento. Párrafo adicionado DOF 04-02-2004
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La claridad en la presentación de la reclamación es fundamental para facilitar el proceso de conciliación y lograr un acuerdo satisfactorio.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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