Para acreditar la personalidad en trámites ante la Procuraduría, las personas físicas necesitan una carta-poder firmada por dos testigos, mientras que las personas morales requieren un poder notarial.
Para acreditar la personalidad en los trámites ante la Procuraduría, tratándose de personas físicas bastará carta-poder firmada ante dos testigos, en el caso de personas morales se requerirá poder notarial.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Asegurarse de que la documentación esté en orden es crucial para evitar retrasos en los procedimientos ante la Procuraduría.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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