Establece que tanto el consumidor como el proveedor pueden designar peritos para pruebas, y en caso de discrepancias, la Procuraduría designará uno tercero.
En caso de requerirse prueba pericial, el consumidor y el proveedor podrán designar a sus respectivos peritos, quienes no tendrán obligación de presentarse a aceptar el cargo, sólo la de ratificar el dictamen al momento de su presentación. En caso de discrepancia en los peritajes de las partes la Procuraduría designará un perito tercero en discordia.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La designación de peritos es crucial en disputas legales. Los proveedores deben elegir peritos con experiencia y credibilidad para fortalecer su posición en el procedimiento.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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