El titular de un diseño industrial tiene el derecho exclusivo de impedir que otros fabriquen, usen o vendan el producto incorporado. Este derecho es clave para la proteccion de la propiedad industrial.
El derecho exclusivo de explotación del diseño industrial protegido confiere a su titular el derecho de impedir a otras personas que fabriquen, usen, vendan, ofrezcan en venta o importen el producto al que se le incorpore el diseño industrial amparado por un registro o una copia sustancial del mismo, sin su consentimiento.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es importante que los titulares conozcan sus derechos para hacerlos valer ante infracciones. Considerar la vigilancia del mercado puede ser una buena estrategia.
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Art. 80. Derecho conferido por registro
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Art. 82. Explotacion y limitacion de derechos
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