LFPPI

Artículo 72. Solicitud de grupo de diseños

Una solicitud puede referirse a un solo diseño o a un grupo de diseños relacionados. Esto permite una gestion mas eficiente de los registros.

diseños industrialesgruposolicitud

Texto Legal

La solicitud de registro de diseño industrial deberá referirse a un solo diseño o a un grupo de diseños relacionados entre sí, de tal manera que conformen un único concepto de diseño. Cuando se presenten varios diseños en una solicitud se entenderá que conforman un único concepto de diseño si:

I.- Se pueden identificar con la misma denominación en la solicitud;

II.- Presentan en común las mismas características nuevas, y

III.- Producen una misma impresión general, aun y cuando los diseños industriales difieran entre sí en detalles irrelevantes.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Presentar varios diseños en una sola solicitud puede ser ventajoso, pero es necesario demostrar que conforman un unico concepto.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 72 del LFPPI?

Una solicitud puede referirse a un solo diseño o a un grupo de diseños relacionados. Esto permite una gestion mas eficiente de los registros.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 72 de la LEY de Protección a la Propiedad Industrial?

Presentar varios diseños en una sola solicitud puede ser ventajoso, pero es necesario demostrar que conforman un unico concepto.

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