LFPPI

Artículo 62. Vigencia del registro de modelos

El registro de modelos de utilidad tiene una vigencia de quince años improrrogables desde la fecha de presentacion de la solicitud. Este registro requiere el pago de tarifas anuales.

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Texto Legal

El registro de los modelos de utilidad tendrá una vigencia de quince años improrrogables, contada a partir de la fecha de presentación de la solicitud y estará sujeto al pago de las tarifas correspondientes a cada anualidad.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Los titulares deben estar al tanto de las tarifas anuales para mantener la vigencia de su registro, ya que la falta de pago puede resultar en la perdida de derechos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 62 del LFPPI?

El registro de modelos de utilidad tiene una vigencia de quince años improrrogables desde la fecha de presentacion de la solicitud. Este registro requiere el pago de tarifas anuales.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 62 de la LEY de Protección a la Propiedad Industrial?

Los titulares deben estar al tanto de las tarifas anuales para mantener la vigencia de su registro, ya que la falta de pago puede resultar en la perdida de derechos.

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