LFPPI

Artículo 6. Órganos de Administración

Los órganos de administración del Instituto incluyen la Junta de Gobierno y la Dirección General, quienes tienen facultades específicas según la ley. Esto garantiza una estructura organizativa clara.

administracionjunta de gobiernodireccion general

Texto Legal

Los órganos de administración del Instituto serán la Junta de Gobierno y la persona Titular de la Dirección General, quienes tendrán las facultades previstas en la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y en su Decreto de creación, sin perjuicio de lo previsto en los artículos 5 y 9 de esta Ley.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Conocer la estructura administrativa del Instituto ayuda a entender cómo se toman las decisiones. Es útil para los abogados que representan a clientes en procedimientos administrativos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 6 del LFPPI?

Los órganos de administración del Instituto incluyen la Junta de Gobierno y la Dirección General, quienes tienen facultades específicas según la ley. Esto garantiza una estructura organizativa clara.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 6 de la LEY de Protección a la Propiedad Industrial?

Conocer la estructura administrativa del Instituto ayuda a entender cómo se toman las decisiones. Es útil para los abogados que representan a clientes en procedimientos administrativos.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 6 del LFPPI?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 6 LFPPI desde tu celular