Los órganos de administración del Instituto incluyen la Junta de Gobierno y la Dirección General, quienes tienen facultades específicas según la ley. Esto garantiza una estructura organizativa clara.
Los órganos de administración del Instituto serán la Junta de Gobierno y la persona Titular de la Dirección General, quienes tendrán las facultades previstas en la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y en su Decreto de creación, sin perjuicio de lo previsto en los artículos 5 y 9 de esta Ley.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Conocer la estructura administrativa del Instituto ayuda a entender cómo se toman las decisiones. Es útil para los abogados que representan a clientes en procedimientos administrativos.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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