El Instituto deberá señalar en su resolución si los hechos constituyen delitos previstos en la Ley. Esto puede llevar a acciones penales adicionales.
Si del análisis del expediente formado con motivo de la investigación por infracción administrativa el Instituto advierte la realización de hechos que pudieran constituir alguno de los delitos previstos en esta Ley, así lo hará constar en la resolución que emita.
Capítulo II De los Delitos
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es importante que los infractores comprendan que sus acciones pueden tener consecuencias penales, lo que resalta la necesidad de asesoría legal adecuada desde el inicio del procedimiento.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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