LFPPI

Artículo 381. Presentación de convenio previo

Las partes pueden presentar el convenio formalizado antes de la segunda reunión de negociación. Esto puede acelerar el proceso de conciliación.

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Texto Legal

Si las partes llegan a un acuerdo, de manera previa a la celebración de la segunda reunión de negociación, podrán presentar ante el Instituto el convenio respectivo, debidamente formalizado o, en su caso, exhibirlo el día de la segunda reunión.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Presentar el convenio antes de la reunión puede ser una estrategia efectiva para mostrar disposición a resolver el conflicto.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 381 del LFPPI?

Las partes pueden presentar el convenio formalizado antes de la segunda reunión de negociación. Esto puede acelerar el proceso de conciliación.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 381 de la LEY de Protección a la Propiedad Industrial?

[IA] Presentar el convenio antes de la reunión puede ser una estrategia efectiva para mostrar disposición a resolver el conflicto.

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