LFPPI

Artículo 329. Inicio de procedimiento administrativo

El Instituto puede iniciar procedimientos de declaración administrativa de oficio o a petición de parte interesada. Esto permite una acción proactiva en la protección de derechos.

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Texto Legal

El Instituto podrá iniciar el procedimiento de declaración administrativa de oficio o a petición de quien tenga interés jurídico.

Cualquier persona podrá presentar información que le permita al Instituto, determinar el inicio de un procedimiento de declaración administrativa de oficio de considerarlo procedente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Cualquier persona puede contribuir a la protección de derechos presentando información al Instituto, lo que puede ser una herramienta útil para mantener la integridad del registro.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 329 del LFPPI?

El Instituto puede iniciar procedimientos de declaración administrativa de oficio o a petición de parte interesada. Esto permite una acción proactiva en la protección de derechos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 329 de la LEY de Protección a la Propiedad Industrial?

[IA] Cualquier persona puede contribuir a la protección de derechos presentando información al Instituto, lo que puede ser una herramienta útil para mantener la integridad del registro.

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