LFPPI

Artículo 242. Calidad de productos y servicios

Los productos y servicios ofrecidos por el usuario de una marca deben ser de la misma calidad que los del titular. Además, deben incluir la identificación del usuario y cumplir con lo que establece el Reglamento.

calidadproductosservicios

Texto Legal

Los productos que se vendan o los servicios que se presten por el usuario deberán ser de la misma calidad que los fabricados o prestados por el titular de la marca. Además, esos productos o el establecimiento en donde se presten o contraten los servicios, deberán indicar el nombre del usuario y demás datos que prevenga el Reglamento de esta Ley.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Este articulo resalta la importancia de mantener la calidad en la franquicia. Los usuarios deben asegurarse de cumplir con los estandares del titular para evitar problemas legales y mantener la reputacion de la marca.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 242 del LFPPI?

Los productos y servicios ofrecidos por el usuario de una marca deben ser de la misma calidad que los del titular. Además, deben incluir la identificación del usuario y cumplir con lo que establece el Reglamento.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 242 de la LEY de Protección a la Propiedad Industrial?

[IA] Este articulo resalta la importancia de mantener la calidad en la franquicia. Los usuarios deben asegurarse de cumplir con los estandares del titular para evitar problemas legales y mantener la reputacion de la marca.

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