LFPPI

Artículo 207. Publicacion de nombres comerciales

Los usuarios de un nombre comercial pueden solicitar su publicacion en la Gaceta, lo que establece presuncion de buena fe. Esta publicacion es un paso importante para la proteccion del nombre.

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Texto Legal

Quien esté usando un nombre comercial podrá solicitar al Instituto, la publicación del mismo en la Gaceta. Dicha publicación producirá el efecto de establecer la presunción de la buena fe en la adopción y uso del nombre comercial.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Publicar el nombre comercial puede fortalecer la posicion legal de la empresa. Es recomendable hacerlo para establecer derechos frente a terceros.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 207 del LFPPI?

Los usuarios de un nombre comercial pueden solicitar su publicacion en la Gaceta, lo que establece presuncion de buena fe. Esta publicacion es un paso importante para la proteccion del nombre.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 207 de la LEY de Protección a la Propiedad Industrial?

Publicar el nombre comercial puede fortalecer la posicion legal de la empresa. Es recomendable hacerlo para establecer derechos frente a terceros.

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