LFPPI

Artículo 191. Declaratoria de notoriedad

Este articulo establece que la declaratoria de notoriedad es un acto administrativo que confirma la existencia de una marca notoriamente conocida o famosa. Es fundamental para la protección legal de estas marcas.

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Texto Legal

La declaratoria o cualquiera de sus actualizaciones constituyen un acto administrativo por medio del cual el Instituto declara, con base en los elementos de prueba aportados, que las condiciones por virtud de las cuales una marca es notoriamente conocida o famosa, subsisten al tiempo en que el acto se emite.

Los impedimentos previstos en el artículo 173, fracciones XVI y XVII, para la protección de marcas notoriamente conocidas o famosas, se aplicarán con independencia de que éstas se encuentren registradas o declaradas.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Mantener actualizada la declaratoria de notoriedad es esencial para proteger la marca. Considere realizar revisiones periódicas para asegurar su vigencia.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 191 del LFPPI?

Este articulo establece que la declaratoria de notoriedad es un acto administrativo que confirma la existencia de una marca notoriamente conocida o famosa. Es fundamental para la protección legal de estas marcas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 191 de la LEY de Protección a la Propiedad Industrial?

Mantener actualizada la declaratoria de notoriedad es esencial para proteger la marca. Considere realizar revisiones periódicas para asegurar su vigencia.

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