Este articulo establece que la declaratoria de notoriedad es un acto administrativo que confirma la existencia de una marca notoriamente conocida o famosa. Es fundamental para la protección legal de estas marcas.
La declaratoria o cualquiera de sus actualizaciones constituyen un acto administrativo por medio del cual el Instituto declara, con base en los elementos de prueba aportados, que las condiciones por virtud de las cuales una marca es notoriamente conocida o famosa, subsisten al tiempo en que el acto se emite.
Los impedimentos previstos en el artículo 173, fracciones XVI y XVII, para la protección de marcas notoriamente conocidas o famosas, se aplicarán con independencia de que éstas se encuentren registradas o declaradas.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Mantener actualizada la declaratoria de notoriedad es esencial para proteger la marca. Considere realizar revisiones periódicas para asegurar su vigencia.
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Art. 190. Marca notoriamente conocida
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Art. 192. Datos para la declaratoria de notoriedad
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