LFPPI

Artículo 107. Publicación de la solicitud

Una vez aprobado el examen de forma, la solicitud se publicará 18 meses después de su presentación, a menos que el solicitante solicite una publicación anticipada. No se publicarán solicitudes que no hayan sido admitidas.

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Texto Legal

Una vez aprobado el examen de forma y después del vencimiento del plazo de 18 meses, contado a partir de la fecha de la presentación o, en su caso, de la prioridad reclamada, tendrá lugar la publicación de la solicitud.

La publicación de una solicitud divisional se realizará una vez aprobado el examen de forma y después del vencimiento del plazo de 18 meses, contado a partir de la fecha de la presentación de la solicitud inicial o, en su caso, de la prioridad reclamada.

A petición del solicitante, la solicitud podrá ser publicada antes del vencimiento del plazo señalado, siempre y cuando se haya aprobado el examen de forma y se exhiba el comprobante del pago de la tarifa correspondiente.

No se publicarán las solicitudes que no hubiesen sido admitidas a trámite, las abandonadas, las retiradas, las desistidas o las desechadas.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Los solicitantes deben estar preparados para la publicación de su solicitud, ya que esto puede atraer la atención de competidores. Considerar la opción de publicación anticipada puede ser estratégico.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 107 del LFPPI?

Una vez aprobado el examen de forma, la solicitud se publicará 18 meses después de su presentación, a menos que el solicitante solicite una publicación anticipada. No se publicarán solicitudes que no hayan sido admitidas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 107 de la LEY de Protección a la Propiedad Industrial?

Los solicitantes deben estar preparados para la publicación de su solicitud, ya que esto puede atraer la atención de competidores. Considerar la opción de publicación anticipada puede ser estratégico.

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