LFPRH

Artículo 74. Autorizacion de subsidios y transferencias

El Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría, autoriza la ministración de subsidios y transferencias, pudiendo suspenderlas si no se cumplen las disposiciones de la Ley.

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Texto Legal

El Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría, autorizará la ministración de los subsidios y transferencias que con cargo a los presupuestos de las dependencias y, en su caso de las entidades, se aprueben en el Presupuesto de Egresos. La Secretaría podrá reducir, suspender o terminar la ministración de subsidios y transferencias cuando las dependencias y entidades no cumplan lo establecido en esta Ley, informando a la Cámara de Diputados y tomando en cuenta la opinión de la misma en el destino de los recursos correspondientes.

Los titulares de las dependencias y entidades, con cargo a cuyos presupuestos se autorice la ministración de subsidios y transferencias, serán responsables, en el ámbito de sus competencias, de que éstos se otorguen y ejerzan conforme a las disposiciones generales aplicables.

Las dependencias podrán suspender las ministraciones de recursos a los órganos administrativos desconcentrados o a las entidades, cuando éstos no cumplan con las disposiciones generales aplicables. Las dependencias que suspendan la ministración de recursos deberán informarlo a la Secretaría.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es crucial que las dependencias mantengan un cumplimiento estricto de las disposiciones para evitar la suspensión de subsidios. Se recomienda establecer un sistema de monitoreo para asegurar la correcta aplicación de los recursos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 74 del LFPRH?

El Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría, autoriza la ministración de subsidios y transferencias, pudiendo suspenderlas si no se cumplen las disposiciones de la Ley.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 74 de la LEY de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria?

Es crucial que las dependencias mantengan un cumplimiento estricto de las disposiciones para evitar la suspensión de subsidios. Se recomienda establecer un sistema de monitoreo para asegurar la correcta aplicación de los recursos.

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