El salario no puede ser embargado judicial o administrativamente, salvo lo dispuesto en el artículo 38. Esto protege los ingresos de los trabajadores.
El salario no es susceptible de embargo judicial o administrativo, fuera de lo establecido en el artículo 38.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La protección del salario es esencial para la estabilidad económica de los trabajadores. Los contadores deben asesorar a sus clientes sobre las implicaciones legales de los embargos.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo