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Artículo 8. Clausura de locales

Este articulo permite la clausura de locales donde se efectuen juegos prohibidos o sin autorizacion. Establece un mecanismo de enforcement para la ley.

clausuralocalessanciones

Texto Legal

Se clausurará, por la Secretaría de Gobernación, todo local abierto o cerrado en el que se efectúen juegos prohibidos o juegos con apuestas y sorteos, que no cuenten con autorización legal, sin perjuicio de que se apliquen las sanciones que según el caso correspondan.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La clausura de locales es una medida severa que puede afectar gravemente a los negocios. Los operadores deben asegurarse de cumplir con todas las regulaciones para evitar esta consecuencia.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 8 del 109?

Este articulo permite la clausura de locales donde se efectuen juegos prohibidos o sin autorizacion. Establece un mecanismo de enforcement para la ley.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 8 de la LEY de Juegos y Sorteos?

La clausura de locales es una medida severa que puede afectar gravemente a los negocios. Los operadores deben asegurarse de cumplir con todas las regulaciones para evitar esta consecuencia.

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