Este articulo establece que no se puede operar juegos con apuestas ni sorteos sin el permiso de la Secretaria de Gobernacion. Se fijan requisitos específicos para la obtencion de permisos.
No podrá establecerse ni funcionar ninguna casa, o lugar abierto o cerrado, en que se practiquen juegos con apuestas ni sorteos, de ninguna clase, sin permiso de la Secretaría de Gobernación. Esta fijará en cada caso los requisitos y condiciones que deberán cumplirse.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La obtencion de permisos es un paso crucial para cualquier negocio relacionado con juegos. Es recomendable que los interesados consulten a un abogado para asegurar el cumplimiento de la ley.
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Art. 3. Autoridad de la Secretaria de Gobernacion
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Art. 5. Participacion del Gobierno Federal
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