Las Secretarías de Estado deben vigilar la utilización de los recursos provenientes de financiamientos autorizados. Esto asegura que se cumplan los objetivos establecidos.
Sin perjuicio de lo señalado por los artículos del presente capítulo las Secretarías de Estado encargadas de la coordinación de los sectores correspondientes, en el desempeño de sus funciones, vigilarán la utilización de los recursos provenientes de financiamientos autorizados a las entidades de su sector. Artículo reformado DOF 09-04-2012
CAPITULO VII Del Registro de Obligaciones Financieras
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las entidades deben estar preparadas para justificar el uso de los recursos obtenidos a través de financiamientos. La rendición de cuentas es crucial para mantener la confianza pública.
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