LFDefP

Artículo 6. Obligaciones de defensores

Los defensores públicos tienen la obligación de prestar servicios de orientación y representación, así como garantizar los derechos humanos de sus representados. Esto es fundamental para una defensa efectiva.

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Texto Legal

Los defensores públicos y asesores jurídicos están obligados a:

I.Prestar personalmente el servicio de orientación, asesoría y representación a las personas que lo soliciten en los términos que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, esta Ley y las demás disposiciones aplicables;

II.Representar y ejercer ante las autoridades competentes los intereses y los derechos jurídicos de los defendidos o asistidos, a cuyo efecto harán valer acciones, opondrán excepciones o defensas, interpondrán incidentes o recursos y realizarán cualquier otro trámite o gestión que proceda conforme a Derecho que resulte en una eficaz defensa;

III.Evitar en todo momento la indefensión de sus representados;

IV.Vigilar el respeto a los derechos humanos y sus garantías de sus representados; así como promover el juicio de amparo respectivo o cualquier otro medio legal de defensa, cuando aquellos se estimen violentados; Fracción reformada DOF 17-06-2016

V.Llevar un registro y formar un expediente de control de todos los procedimientos o asuntos en que intervengan, desde que se les turnen hasta que termine su intervención;

LEY FEDERAL DE DEFENSORÍA PÚBLICA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 01-04-2024 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

VI. Atender con cortesía a los usuarios y prestar sus servicios con diligencia, responsabilidad e iniciativa, y

VII. Las demás que se deriven de la naturaleza de sus funciones y de las disposiciones legales aplicables.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las obligaciones de los defensores son cruciales para evitar la indefensión. Es importante que los abogados conozcan estas responsabilidades para asegurar una defensa adecuada.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 6 del LFDefP?

Los defensores públicos tienen la obligación de prestar servicios de orientación y representación, así como garantizar los derechos humanos de sus representados. Esto es fundamental para una defensa efectiva.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 6 de la LEY de Defensoría Pública?

Las obligaciones de los defensores son cruciales para evitar la indefensión. Es importante que los abogados conozcan estas responsabilidades para asegurar una defensa adecuada.

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