Los asesores jurídicos deben excusarse de aceptar casos cuando existan relaciones personales o intereses que puedan comprometer su imparcialidad. Esto es crucial para la ética profesional.
Los asesores jurídicos deberán excusarse de aceptar un asunto cuando:
I. Tengan relaciones de parentesco, afecto o amistad con la parte contraria al solicitante del servicio, y
II. Sean deudores, socios, arrendatarios, herederos, tutores o curadores de la parte contraria al solicitante del servicio o tengan algún interés personal del asunto.
El asesor jurídico expondrá por escrito su excusa a su superior jerárquico, el cual, después de cerciorarse que es justificada lo expondrá al solicitante designando a otro defensor.
CAPÍTULO VI Del Plan Anual de Capacitación Denominación del Capítulo reformada DOF 07-06-2021
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La ética en la asesoría jurídica es fundamental. Los asesores deben estar atentos a sus relaciones personales para evitar situaciones que puedan afectar su desempeño y la confianza de sus clientes.
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