LFDefP

Artículo 30. Nombramiento del Director General

El Director General del Instituto Federal de Defensoría Pública es nombrado por el Consejo de la Judicatura Federal y tiene un periodo de tres años, con posibilidad de reelección. Este nombramiento es fundamental para la dirección del Instituto.

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Texto Legal

La persona titular de la Dirección General del Instituto Federal de Defensoría Pública será nombrada por el Consejo de la Judicatura Federal, a propuesta de su Presidencia, y durará tres años en su cargo, pudiendo ser reelecta. Artículo reformado DOF 11-05-2022

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La estabilidad en el liderazgo del Instituto es vital para la continuidad de políticas y programas. Los abogados deben estar atentos a los cambios en la dirección para adaptar sus estrategias de defensa.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 30 del LFDefP?

El Director General del Instituto Federal de Defensoría Pública es nombrado por el Consejo de la Judicatura Federal y tiene un periodo de tres años, con posibilidad de reelección. Este nombramiento es fundamental para la dirección del Instituto.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 30 de la LEY de Defensoría Pública?

La estabilidad en el liderazgo del Instituto es vital para la continuidad de políticas y programas. Los abogados deben estar atentos a los cambios en la dirección para adaptar sus estrategias de defensa.

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