Las licencias para la portación de armas se dividen en particulares e oficiales colectivas, cada una con requisitos y plazos de revalidación específicos. Estas licencias son intransferibles y deben ser renovadas periódicamente.
Las licencias para la portación de armas son de dos tipos:
I.- Particulares:
a).- Individuales, para personas físicas, las cuales deben revalidarse cada año.
b).- Colectivas, para personas morales, las cuales deben revalidarse cada dos años, y
II.- Oficiales Colectivas, para las instituciones a que se refiere el artículo 24 de esta Ley, las cuales deben revalidarse cada dos años.
Ambos tipos de licencias son intransferibles. Artículo reformado DOF 29-05-2025
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es crucial que los solicitantes de licencias estén al tanto de los plazos de revalidación para evitar sanciones. Las empresas deben asegurarse de que sus licencias colectivas estén siempre actualizadas.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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