Se pueden ofrecer recompensas a quienes ayuden en la localización de integrantes de la delincuencia organizada o en la liberación de víctimas de secuestro.
Cuando se gire orden de aprehensión en contra de un integrante de la delincuencia organizada, la autoridad podrá ofrecer recompensa a quienes auxilien eficientemente para su localización y aprehensión, en los términos y condiciones que, por acuerdo específico, el Fiscal General de la República determine. Párrafo reformado DOF 16-06-2016, 20-05-2021
En el caso de secuestro, la autoridad podrá ofrecer recompensa a quienes sin haber participado en el delito, auxilien con cualquier información que resulte cierta y eficaz para la liberación de las víctimas o la aprehensión de los presuntos responsables. La autoridad garantizará la confidencialidad del informante. Párrafo adicionado DOF 21-12-2004
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las recompensas pueden motivar a la ciudadanía a colaborar con la justicia. Es importante que los abogados conozcan estas disposiciones para asesorar a sus clientes.
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