Si durante la intervención se detecta un delito distinto, se debe registrar y se puede iniciar una nueva investigación. Esto permite el uso de la información obtenida bajo ciertas condiciones.
Si en la práctica de una intervención de comunicaciones privadas se tuviera conocimiento de la comisión de un delito diverso de aquellos que motivan la medida, se hará constar esta circunstancia en el registro para dar inicio a una nueva investigación.
Cuando la intervención tenga como resultado el conocimiento de hechos y datos distintos de los que pretendan probarse conforme a la autorización correspondiente podrá ser utilizado como medio de prueba, siempre que se refieran al propio sujeto de la intervención y se trate de alguno de los delitos referidos en esta Ley. Si se refieren a una persona distinta sólo podrán utilizarse, en su caso, en el procedimiento en que se autorizó dicha intervención. De lo contrario, el agente del Ministerio Público de la Federación iniciará la investigación correspondiente o lo pondrá en conocimiento de las autoridades competentes, según corresponda. Artículo reformado DOF 16-06-2016
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La detección de nuevos delitos durante una intervención puede abrir nuevas líneas de investigación. Los abogados deben estar preparados para manejar esta información adecuadamente.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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